Como sabéis, un celiaco debe hacer una dieta estricta sin gluten de por vida. Y ¿qué significa estricta? Que los productos que consuma no solo no deben tener ingredientes con gluten, sino que además debemos asegurarnos de que no tengan trazas de gluten por contaminación en el proceso de producción, envasado, manipulado, etc.

Una de las cosas más complicadas cuando nos enfrentamos a la celiaquía y a la dieta sin gluten es saber a través de los etiquetados de los productos, que alimentos son aptos, cuáles pueden contener trazas, donde encontrar si un producto tiene gluten…

Ingredientes artículo reglamento
Por ello, os queremos compartir este artículo por si os resulta útil y os aclara algunas dudas:

¿Qué necesitamos saber sobre el etiquetado de los productos sin gluten?

Lo primero de lo que os hablaremos es sobre el reglamento legal que existe en los productos de alimentación. Veremos las diferentes normas y cómo se pueden aplicar. También debemos conocer las certificaciones que existen para los productos sin gluten. Os daremos unas pautas para saber cuándo un producto tiene o no que llevar un etiquetado específico y a donde acudir cuando el etiquetado no está lo suficientemente claro.

 

 

Reglamento Europeo sobre el etiquetado de productos con/sin gluten

 

Reglamento (UE) Nº828/2014

Según esta norma, existen dos maneras de transmitir información sobre la ausencia o presencia de gluten en los alimentos:

  • Mención “Sin gluten” – Todos los productos que lleven una cantidad máxima de 20ppm (mg/kg) pueden incluir en su envase la mención “sin gluten”. Estos alimentos son aptos para personas celiacas.
  • Mención “Bajo en gluten” – Aquellos alimentos que contengan una cantidad de gluten entre 20ppm (mg/kg) y 100ppm (mg/kg) pueden poner “Bajo en gluten”. Estos productos no son aptos celíacos pues podría causar problemas intestinales al ingerir más gluten de lo recomendado. Las personas que están recién diagnosticadas de celiaquía pueden llegar a confundirse al ver “Bajo en gluten”, creyendo que pueden consumirlos, pero cualquier cantidad por encima de 20ppm (mg/kg) ya es dañina.

 

Reglamento (UE) nº 1169/2011

La Unión Europea elaboró una lista de ciertas sustancias “extrañas” o “peligrosas” que eran más propensas a provocar reacciones alérgicas o daño en sistema inmunitario. Éstos son los llamados alérgenos:

  • Cereales con gluten, Frutos secos, Crustáceos, Apio, Huevos, Mostaza, Pescado, Sésamo, Cacahuetes, Sulfitos, Soja, Altramuces, Lácteos, Moluscos.

Según este reglamento, todos los productos que contengan entre sus ingredientes alguno de los alérgenos, deberán destacarlo sobre el resto de la etiqueta mediante su tipografía o indicando “contiene”.

Esta norma también es aplicable a los establecimientos que venden alimentos a granel, restaurantes y establecimientos que venden comida para llevar.

¡Importante! La norma obliga a declarar los alérgenos que forman parte del alimento o se utilizan en su fabricación. Sin embargo, no obliga a declarar las posibles trazas de estos alérgenos que puedan contener los alimentos por contaminación cruzada en el proceso de recogida, producción, envasado, etc.

Poner esta información en el etiquetado es voluntaria, lo que nos lleva muchas veces a error al pensar que si el gluten no está declarado en los ingredientes ese alimento se puede consumir.

Certificaciones de ausencia de gluten

 

El Sistema de Licencia Europeo (ELS) de la Espiga Barrada es el símbolo internacional sin gluten. Está regulado por AOECS (Sociedad de Asociaciones de Celiacos de Europa). Que certifica la ausencia de gluten en los productos que así lo solicitan.

Este símbolo garantiza que los productos no sobrepasan los 20ppm (mg/kg) permitidos en una dieta sin gluten.

Debajo del símbolo lleva un código que representa el país, la empresa y el producto. Cuando el producto contiene avena sin gluten lleva delante la palabra AVENA / OATS

logo controlado por la FACE
Pero entonces…
logo ELS
Además, FACE (Federación de Asociaciones de Celiacos de España) también tiene su propia certificación de menos de 10ppm

¿Cómo sabemos cuándo un producto es apto para celiacos?

En España los alimentos se clasifican en 3 grupos detallados a continuación:

  1. Genéricos – Son los alimentos que no llevan gluten por naturaleza. Según la normativa, como estos alimentos siempre son sin gluten no debe aparecer la etiqueta “sin gluten” para no crear confusión. Si en el proceso se han podido contaminar, siempre debe estar indicado en la etiqueta.
  2. Específicos – Son aquellos alimentos que están hechos específicamente para celíacos. Siempre tendrán que llevar la etiqueta “Sin gluten”
  3. Convencionales – Estos alimentos deben etiquetarse según los reglamentos que hemos citados. Aquí encontramos varios tipos de etiquetado:
    • Los que aparecen etiquetados como sin gluten SON APTOS
    • Los que tienen el gluten como ingrediente NO SON APTOS
    • Los que no tienen gluten como ingrediente, pero declaran gluten en las trazas NO SON APTOS
    • Los que no tienen gluten como ingrediente, y no declaran trazas de gluten NO SON APTOS incluso aunque sí declaren otras trazas, si no pone específicamente sin gluten, no se pueden consumir.

Hay empresas que declaran todas sus trazas, pero si no estamos seguros al 100% no debemos consumirlos. Podéis consultar nuestro listado de marcas sin gluten.

Además, existen aplicaciones que os pueden ayudar a identificar los productos sin gluten. Nosotros os recomendamos:

Logo facemovil
sinGLU10 Aplicación elaborada por la Asociación de Celiacos de Madrid la Asociación de Celiacos de Madrid. Además de la clasificación de alimentos y el listado de productos sin gluten, podéis encontrar un montón de establecimientos que ofrecen opciones sin gluten.  Su precio está sobre los 6€. Gratuita para socios.
Logo singlu10
FACEMOVIL Esta aplicación es exclusiva para los socios de FACE y ofrece la lista de alimentos aptos elaborada por FACE, listado de productos y establecimientos.
Esperamos que hayáis podido resolver vuestras dudas acerca de etiquetados en productos. Si queréis hacernos llegar algún comentario respecto a este artículo, no olvidéis escribirnos. ¡Estaremos encantados de leeros! 🙂
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